Educación Inclusiva:
- Muro Llano
- 3 nov 2021
- 7 Min. de lectura
La alternativa para apuntar a construir una sociedad sin discriminaciones, ni segregaciones

Miriam Xiomara Pacsi Urbina, estudiante del X ciclo de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Introducción
La discapacidad a través de los años ha recibido diversas acepciones, las cuales han dependido de la forma en la que cada sociedad la ha percibido y los diversos modelos para poder entender la mirada hacia la discapacidad. Luego de muchos esfuerzos dados por las mismas personas con discapacidad se cambió la mirada al modelo social y de derechos, donde se reivindica el valor de las personas con discapacidad, ya que se refiere a que no necesitan de algún cambio en ellos, sino de la sociedad.
Gracias a esta nueva mirada a la discapacidad se han podido avanzar en materia de derechos a favor de las personas con discapacidad, como, por ejemplo, en el ámbito educativo, ya que en nuestro país, desde el año 2003, se empezó este proceso mediante el establecimiento de “La Década de la Educación Inclusiva”, debido a la necesidad educativa que existía, y sigue existiendo, de atender a todos los estudiantes sin distinción y puedan recibir una educación de calidad. Sin embargo, aún es necesario poder hacer memoria para solicitar la fiscalización de las leyes y normas vigentes en pro de las personas con discapacidad.
1.1. Educación Inclusiva
Según Fernández (2007), es aquel proceso transformador que reúne no solo a personas con necesidades especiales, sino que, cambia los modos de funcionamiento de los colegios regulares adaptándolos a las diversidades de ellos. En otras palabras, no es solo la persona diversa o diferente el que debe adaptarse, sino es por quien el colegio busca la adaptación. Tales como la infraestructura de la institución, capacitación docente, adaptaciones curriculares y sensibilización a la discapacidad, puesto que es necesario para la atención a la diversidad.
Según el Ministerio de Educación (2012), en el Perú existen 162 mil 266 personas con discapacidad (PCD) en edad escolar. De estas, solo 75 mil 57 asisten a la escuela, según la Encuesta Nacional especializada en Discapacidad (ENEDIS, 2019).
De las leyes a la práctica: marco legal en la educación inclusiva
En el Perú existen 162 mil 266 personas con discapacidad (PCD) y el 10, 4% a nivel nacional en edad escolar. De estas, solo 75 mil 57 asisten a la escuela, según la Encuesta Nacional especializada en Discapacidad (ENEDIS, 2019). A pesar de las cifras, la educación inclusiva se va a configurar como el proceso anhelado, por el cual se identifica, acoge y asume que un niño, niña o adolescente pueda gozar de los mismos derechos que un niño que nace sin ninguna discapacidad. En ese sentido, se debe reconocer que cada niño va a tener sus propias características, y que la educación es en sí un derecho y no un privilegio, que las instituciones educativas deben adecuarse a los niños y no al revés.
Para ello es necesario conocer el marco normativo con el cual se guía la premisa de que la educación inclusiva es un derecho, y que por lo tanto todos los niños con discapacidad o con alguna dificultad de aprendizaje deben aprender en un ambiente que les asegure una educación de calidad, basada en valores y en el respeto por la diversidad. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, en el artículo 26, señala que toda persona tiene derecho a recibir educación, y que esta debe ser gratuita en lo que concierne a la educación básica. Igualmente se menciona que se tendrá por objeto el desarrollo integral de la persona fortaleciendo sus derechos humanos y sus libertades fundamentales. En ese sentido, se debe favorecer la tolerancia, la comprensión y la amistad. (Organización de las Naciones Unidas, 2015).
Para 1966 entra en vigor el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que en su artículo 13 se menciona el derecho a la educación, para el desarrollo pleno de la personalidad humana y del sentido de su dignidad. (UNESCO, 2005). En este texto se detallan las características que la educación debe tener como lo es que se dé y se resalta el valor de la dignidad humana, pues ante todo somos seres humanos, somos personas que merecemos respeto y merecemos ser tratados y respetados pues la ley nos ampara.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad del año 2008 plantea que la educación para las personas con discapacidad, debe ser un derecho sin discriminación y sobre la base de igualdad en oportunidades. En ese sentido, se pretende desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima. Asimismo, se debe asegurar que las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema educativo por el hecho de tener alguna discapacidad, y que se le asigne el apoyo necesario para facilitar su proceso de aprendizaje. Por ejemplo, si un niño es sordo, ciego o sordociego, la educación debe ser inclusiva y se debe implementar el método braille para poder incluir al niño y brindarle una educación de calidad. (Organización de las Naciones Unidas, 2008).
En un contexto más nacional observamos que la educación inclusiva en el sistema educativo peruano ha tenido también aportes, pues se ha pasado de un paradigma homogéneo en el que los niños y adolescentes eran vistos como personas con características similares, a una educación que valora las necesidades, características y el contexto de personas con alguna discapacidad. Se logra este cambio a partir del marco internacional, en el cual se ha ido abordando el derecho a la educación que tiene el niño y adolescente, y sin que afecten ella las condiciones físicas, psicológicas, u otra característica que pueda tener.
En ese sentido, el Gobierno peruano ratifica lo expuesto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el que se menciona que toda persona debe tener acceso a la educación sin importar sus condiciones sociales, sus características, etc. Igualmente, se debe promover una cultura de la inclusión y de la no discriminación. El Ministerio de Educación (2012) pone lo "especial" como una modalidad del sistema educativo. Ya para la década de los 80 a través de la Ley 23384 que se promulga en el año 1982 es que se señala que la Educación especial es una modalidad destinada a aquellas personas que, por poseer características diferentes, requerirán una atención diferenciada. (p.10).
En la década del 90 se desarrolló el Proyecto de Integración de Niños con Necesidades Especiales a la Escuela Regular, con el asesoramiento de la UNESCO, incorpora por primera vez los estudiantes con discapacidad a los colegios regulares. (Ministerio de Educación, 2012). En este contexto igualmente se formuló la Ley General de Educación (Ley N° 28044); en esta Ley, la educación inclusiva va a emerger como respuesta ante las culturas y prácticas tradicionales asociadas a un modelo crítico y homogéneo, basado en las patologías, para promover una comunidad y una escuela que acoja a todos sin condiciones ni restricciones, y que se respeten las diversidades de cada estudiante. Esta ley va a abordar el derecho, desde la concepción, de los estudiantes con discapacidad a una educación inclusiva y transversal (Ministerio de Educación, 2012).
Otro aspecto normativo que es importante abordar es la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad es el artículo 35, en la que se menciona que todo niño o niña con discapacidad tiene derecho a servicio de habilitación y rehabilitación educativa, así como a servicios sociales. Igualmente, en su capítulo V se desarrolla ampliamente el tema educativo, en el que se menciona que todas las personas tienen el derecho de acceder a una educación sin barreras y de forma pública; esta debe ser gratuita y de calidad.
Con respecto a la educación superior, las universidades, institutos y escuelas superiores deben garantizar un 5% de las vacantes ofrecidas en los procesos de admisión a las personas con discapacidad. (Ministerio de Educación, s.f.). Es así pues se observa que en el Perú se han ido tomando medidas para poder alcanzar una educación inclusiva en el que se respete el derecho de todos en el acceso a la educación. Esta es una muestra de que es necesario seguir mejorando como país para brindar a las personas con discapacidad oportunidades de desarrollo y espacios en el que no se sientan discriminados, y que, por el contrario, disfruten y se sientan tranquilos y satisfechos.
"La educación inclusiva encierra un potencial transformador del conjunto de la escuela. No se trata sólo de abrir la escuela a algunos niños “especiales” que puedan “adaptarse” a los modelos y tipos socialmente construidos. Se trata de cambiar radicalmente los patrones y modos de funcionamiento de la escuela misma, de modo que sus referentes no sean modelos socialmente construidos a-priori, sino la propia riqueza humana, con todo su potencial y diferencias. En otras palabras, no es el niño diferente o con discapacidad el que tiene que adaptarse a la escuela, sino que es ésta quien debe adaptarse a la diversidad existente".
Conclusiones
A manera de conclusión, la educación inclusiva es un proceso, un enfoque transversal, un principio ético y sobre todo un derecho que debemos hacer valer en nuestra sociedad. Para lograrlo, necesitamos el compromiso de todas y todos, ya que, desde nuestro quehacer cotidiano, podemos reconocer nuestras diferencias y valorarlas como parte de nuestra riqueza y diversidad cultural.
Desde el momento del diseño y planificación de la currícula escolar, materiales educativos y métodos de enseñanza, se debe tener a todas y todos en cuenta, y de esta manera evitamos que sean las personas con discapacidad quienes tengan que adecuarse al modelo. Se requiere un cambio cultural, a partir del cual se comprenda que ningún niño o niña debe ser forzado(a) a adaptarse a la educación, sino lo contrario: la educación debe ser adaptada para hacer frente a las necesidades y buscar el mejor interés de cada niño/a, donde el principal énfasis siempre sea la eliminación de barreras.
A manera de reflexión, queda pendiente desenfocar lo que entendemos por escuela: aparecen el valor de la amistad, el tiempo desregulado, la potencialidad del arte, el amor al conocimiento, el camino a la escuela, la compañía silenciosa, el aprendizaje incontrolado, el valor de la vida, el tiempo del ser… La escuela, la comunidad educativa, puede constituir un espacio de transformación de la humanidad aquí y ahora, un espacio de oportunidades para todas y todos.
Por último, considero necesario cambiar nuestras miradas, estructuras y acciones, desde el ámbito de las políticas públicas, y desde el propio sector educativo, porque no alcanza con las leyes que tenemos actualmente en nuestro país para las personas con discapacidad. Cabe resaltar que la educación inclusiva es el único modelo que nos permitirá garantizar una educación universal, de calidad y, de esta forma ir forjando sociedades más justas, donde encontremos más igualdad para todas y todos.
Referencias bibliográficas
Fernández, P. (2007). ¿Cómo se dan los derechos educativos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad en el Perú? Lima, Perú: Foro Educativo.
Ministerio de Educación. (2012). Educación básica especial y educación inclusiva, balance y perspectivas. http://www.minedu.gob.pe/minedu/archivos/a/002/05-bibliografia-para-ebe/9-educacion-basica-especial-y-educacion-inclusiva-balance-y-perspectivas.pdf
Ministerio de Educación. (s.f). Ley N°29973, ley general de la persona con discapacidad. https://www.mimp.gob.pe/webs/mimp/herramientas-recursos-violencia/contenedor-dgcvg-recursos/contenidos/Legislacion/Ley-general-de-la-Persona-con-Discapacidad-29973.pdf
Montanchez, M. (2015). La educación como derecho en los tratados internacionales: Una lectura desde la educación inclusiva. Vo. 8, N° 2, https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5307824.pdf
Organización de las Naciones Unidas. (1959). Declaración de los Derechos del Niño. https://www.oas.org/dil/esp/Declaraci%C3%B3n%20de%20los%20Derechos%20del%20Ni%C3%B1o%20Republica%20Dominicana.pdf
Organización de las Naciones Unidas. (2008). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. https://www.ohchr.org/documents/publications/advocacytool_sp.pdf
Organización de las Naciones Unidas. (2015). Declaración universal de los derechos humanos. https://www.un.org/es/documents/udhr/UDHR_booklet_SP_web.pdf
UNESCO. (2005). La educación como derecho humano. https://www.unescoetxea.org/dokumentuak/Educacion_Derecho_Humano.pdf
INEI (2019), Estadísticas de discapacidad. Instituto Nacional de Estadística e Informática Perú. Recuperado de: https://www.inei.gob.pe/estadisticas/indice-tematico/discapacidad-7995/
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