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Aborto en Perú: legalizado por la sociedad

  • Foto del escritor: Adrián Risco Chang
    Adrián Risco Chang
  • 6 oct 2021
  • 8 Min. de lectura



Vania Campana, estudiante de IV Ciclo de Derecho de la Universidad de Lima



Tras la legalización del aborto en Argentina se ha empezado a debatir la posibilidad de que dicha práctica se legalice en otros países en Latinoamérica. La despenalización del aborto significaría dejar de considerar como delito la interrupción de un embarazo cuando este se realiza por libre decisión de la mujer. De acuerdo con la investigación realizada por el Instituto Guttmacher en 2008 en América Latina y el Caribe, se producen alrededor de 4.4 millones de abortos al año, de los cuales el 95% son inseguros. Asimismo, presenta que muchas mujeres se autoinducen el aborto o acuden a proveedores que aplican técnicas inseguras o que no están adecuadamente capacitados para realizarlos. Cabe resaltar que, en Perú, solo es legal que una mujer aborte cuando el embarazo pone en riesgo su vida, lo que conocemos jurídicamente como aborto terapéutico. En el presente artículo, se analizará cómo el aborto, a pesar de ser una práctica ilícita, está socialmente “legalizada” por la frecuencia e incluso transparencia con la que se practica.


De acuerdo con el artículo primero del Código Civil del Perú, la vida humana comienza con la concepción (Código Civil, art. 1). Es así, que el concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece y está protegido por el Derecho Penal desde el momento en el que el óvulo fecundado anida en las paredes del útero. El aborto constituye la suspensión del embarazo resultando en la muerte del concebido y está penalizado en el segundo libro del Código Penal peruano. Las normas peruanas respecto al aborto han cambiado significativamente a lo largo de los años, el Código Penal de 1863 sancionaba el aborto en general, sin mayores especificaciones. Más adelante, con la promulgación del Código de 1924 se sancionaban todas las figuras del aborto, exceptuando el aborto terapéutico, es decir, cuando están en riesgo la salud y la vida de la mujer embarazada. Actualmente, el Código Penal de 1991, que permanece vigente, penaliza todas las formas de aborto excepto el terapéutico, e incluye como figuras atenuantes el aborto ético o sentimental y el aborto eugenésico.


En el artículo 114 del Código Penal se establece que “la mujer que causa su aborto, o consiente que otro le practique, será reprimida con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de cincuentidós a ciento cuatro jornadas”. Por otra parte, en el artículo 117 resalta que “[...] cualquier profesional sanitario, que abusa de su ciencia [...] para causar el aborto, será reprimido con la pena de los artículos 115 y 116 e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 4 y 8”. De esta manera, se puede afirmar que el Código Penal asume una postura en la que lucha contra del aborto, a excepción del aborto terapéutico que no está penado. Sin embargo, esta no constituye la realidad nacional. En Perú se llevan a cabo miles de abortos clandestinos al año, sin importar los meses de gestación ni prestar mayor atención a la salud de la gestante. Dichas prácticas se llevan a cabo en centros ilícitos y a través de la venta de pastillas para que las madres realicen el aborto por su cuenta. Esto quiere decir que, a pesar de ser un acto punible, el aborto es una práctica bastante frecuente en el Perú que solo resulta en investigaciones fiscales cuando las gestantes sufren inconvenientes al momento de consumar el aborto y se ven obligadas a acudir a clínicas o centros de salud estatales. De acuerdo con el Dr. Sisniegas (2021, párr 3), Magister en Derecho Penal: “la realidad del aborto en el Perú nos muestra que estamos frente a penas simbólicas, porque la sociedad ya «legalizó» el aborto”, lo cual fundamenta lo anteriormente enunciado.


"La Encuesta Nacional de la Juventud, elaborada en el 2012 por la Secretaría Nacional de la Juventud, indica que en el Perú el 11,4% de jóvenes practicaría un aborto ante un embarazo no deseado y el 35% de mujeres jóvenes indicó que conoce a una persona que ha abortado. Esto respalda la hipótesis planteada de que, a pesar de que no es una práctica legal se lleva a cabo como si lo fuera".

La Encuesta Nacional de la Juventud, elaborada en el 2012 por la Secretaría Nacional de la Juventud, indica que en el Perú el 11,4% de jóvenes practicaría un aborto ante un embarazo no deseado y el 35% de mujeres jóvenes indicó que conoce a una persona que ha abortado. Esto respalda la hipótesis planteada de que, a pesar de que no es una práctica legal se lleva a cabo como si lo fuera. Una encuesta realizada por la Universidad de Lima en el 2010 expuso que el 57.2% de población de Lima aprueba la despenalización de aborto por violación sexual. Asimismo, el 62% de personas de Lima cree que se debe aprobar el aborto cuando el feto presente malformaciones congénitas o el embarazo sea producto de una violación sexual y el 64% cree que solo la mujer debe decidir. De esta forma, se puede afirmar que un gran porcentaje de la población limeña considera que el aborto debería legalizarse en Perú cuando el caso cumple con ciertos requisitos. En el caso de la juventud, se concluye que la mayoría de jóvenes consideran que abortarían en caso de embarazos no deseados.


Tomando en consideración que abortar es un acto punible queda la pregunta de ¿por qué abortan las mujeres? La autora Inés Romero Bidegaray expresa en su libro “El aborto clandestino en el Perú” que las principales razones por las que una mujer se somete a un aborto son el riesgo para la salud o la vida, embarazo producto de violación, malformación o discapacidad mental del feto, situación socio-económica precaria, entre otras. Es así, que se concluye que los motivos por los cuales las mujeres abortan tienen un factor común: la necesidad. Esta data la respalda la investigación realizada por la especialista en estudios de la mujer de la Universidad Federal de Santa Catarina, Cíntia Lima Crescencio, para la Revista Estudios Feministas.


Desde una perspectiva que favorece la despenalización del aborto por casos de violación, el principal argumento se basa en las altas tasas de víctimas de violencia sexual en Perú. Según cifras del Ministerio Público (2013) en promedio se registran 49 denuncias diarias de violación sexual. Más del 90% de las víctimas de delitos contra la libertad sexual son mujeres y las edades más vulnerables en casos de violación sexual están entre 14 y 17 años de edad. En suma a ello, 90 de cada 100 embarazos de niñas en Perú son consecuencia de actos incestuosos, y 34 de cada 100 adolescentes embarazadas como consecuencia de una violación sexual, se suicidaron. Es por ello que uno de los principales argumentos que defienden la despenalización del aborto se basan en proteger la salud mental y el futuro de aquellsas mujeres que quedan embarazadas tras una violación.


"Una encuesta realizada por la Universidad de Lima en el 2010 expuso que el 57.2% de población de Lima aprueba la despenalización de aborto por violación sexual. Asimismo, el 62% de personas de Lima cree que se debe aprobar el aborto cuando el feto presente malformaciones congénitas o el embarazo sea producto de una violación sexual y el 64% cree que sólo la mujer debe decidir".

El Dr. Sisniegas plantea dos propuestas completamente opuestas para solucionar el problema que el aborto clandestino es para el Perú (Sisniegas, 2021, párr 5). En primer lugar, propone la despenalización del aborto antes que se cumplan doce semanas de gestación. Esta postura asume una posición bastante similar al nuevo tratamiento que Argentina ofrece a esta figura jurídica. El criterio para despenalizar el aborto antes de que se cumpla el plazo de doce semanas de gestación se fundamenta en las teorías modernas que se posicionan a favor de que sean las gestantes quienes decidan si continuar con el embarazo o no. Esta postura plantea los siguientes beneficios: devendría en la creación de clínicas estatales y privadas donde se efectuarán los abortos permitidos los cuales serán practicados por médicos especializados, las mujeres que se realizarán abortos permitidos no padecerán al acudir a lugares insalubres y no pondrán en riesgo su salud y vida. Es así, que esta postura plantea una forma de despenalizar el aborto voluntario hasta antes de los doce meses de gestación para reducir la tasa de abortos clandestinos y sus repercusiones negativas.


En segundo lugar, el Dr. Sisniegas propone una ‘solución’ más radical en la cual se mantendrá la esencia de los tipos penales actuales, pero con un aumento de penas, equiparando estas a las sanciones por homicidio calificado y parricidio, disponiendo una sanción penal que generará eficacia al momento de prevenir los abortos(Sisniegas, 2021, párr 7). Argumenta que los posibles beneficios de aplicar esta otra alternativa serían la reducción de las cifras de abortos clandestinos de manera que la política criminal de luchar contra el aborto surtirá efecto. Asimismo, propone que el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú se verían obligados a investigar e intervenir en los centros donde se realiza esta práctica ilícita. El problema que señala esta alternativa es que existe la posibilidad de que los centros donde se llevan a cabo abortos clandestinos continúen funcionando de manera aún más oculta y por ende riesgosa. Sin embargo, llevar a cabo cualquiera de las propuestas requieren una modificación de tanto el Código Penal como el Código Civil, ya sea para despenalizar el aborto o incrementar la sanción de su práctica.


En base a lo previamente mencionado se entiende que actualmente el aborto en Perú es ilegal a menos que el embarazo ponga en riesgo la vida de la gestante. La penalidad del aborto está tratada en el Código Penal peruano. Asimismo, el Código Civil establece el momento a partir del cual se forma al sujeto de derecho y los derechos que le corresponden. A pesar de ser un acto que está penado, el aborto clandestino se lleva a cabo en Perú como si fuese una práctica completamente ilícita; es por ello que se podría afirmar que la sociedad ha “legalizado” el aborto clandestino. La lucha por la despenalización del aborto en Perú se basa en la posibilidad de que podría poner un pare a las prácticas clandestinas para asegurar un aborto seguro para quienes tomen la decisión de finalizar su embarazo. Sin embargo, esto significa una modificación de algunos artículos de los Códigos Penal y Civil.







Bibliografía:


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Código Civil peruano. (2021, 11 julio). LP Derecho. https://lpderecho.pe/codigo-civil-peruano-realmente-actualizado/


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Lima, C. (2012). La intemperie y lo intempestivo: Experiencias del aborto voluntario en el relato de mujeres e varones. Revista Estudos Feministas, 20(3).

Mondragón, Y. L. (2021, 13 enero). Legalización del aborto en el Perú. Chiraq News. https://medialab.unmsm.edu.pe/chiqaqnews/legalizacion-del-aborto-en-el-peru/


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Ramos, S., y Fernández, S. (2020, junio). ¿Por qué abortan las mujeres? Contexto y biografía en las experiencias de aborto. CEDES. http://www.redaas.org.ar/archivos-actividades/183-Porque%20abortan%20las%20mujeres.pdf


Sisniega, R. (2021, 11 enero). ¿Es necesario despenalizar el aborto en el Perú? Propuestas de lege ferenda que solucionan el conflicto. IUS 360. https://ius360.com/es-necesario-despenalizar-el-aborto-en-el-peru-propuestas-de-lege-ferenda-que-solucionan-el-conflicto-roger-sisniegas-rodriguez/


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Requena, M. (2021). La legalización del aborto, una cuestión de salud sin agenda clara en partidos. Elige Bien Perú. https://elecciones.larepublica.pe/legalizacion-aborto-crisis-salud-publica-sin-agenda-clara-partidos/



 
 
 

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